¿Desea llevar a cabo un proyecto destinado a mejorar las respuestas a las necesidades de la población en materia de salud, atención primaria y primeros auxilios?
Benefíciese de la ayuda regional que puede ascender hasta 300.000 €.
¿Puede beneficiarse de la ayuda regional?
Puede beneficiarse de la ayuda, si es:
- Una colectividad o agrupación de municipios; sus SPL (Sociedades Públicas Locales) o las SEM (Sociedades de Economía Mixta) en el marco de un contrato de arrendamiento enfitéutico con la colectividad de implantación
- Una asociación Ley 1901, Ley 1905 o Ley 1908 (sin ánimo de lucro)
- Un establecimiento de salud público y privado sin ánimo de lucro
- Una agrupación de profesionales de la salud, que pueden ser autónomos o asalariados, médicos o paramédicos: Sociedad Civil Inmobiliaria, Sociedad Interprofesional de Cuidados Ambulatorios, asociación, Comunidad Profesional Territorial de Salud, Equipo de Cuidados Primarios, etc.
- Un profesional de la salud referenciado en el directorio del Seguro de Enfermedad.
- Un arrendador público o privado siempre que responda a un interés público definido con los demás cofinanciadores.
- Una mutualidad, una fundación, un régimen de seguridad social, una sociedad cooperativa de interés colectivo.
Y si su proyecto se refiere en particular a:
- La creación, renovación y ampliación de Casas…